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Normativa

Requisitos para abrir un taller de GNV o GLP en Perú

9 min de lecturaEquipo TallerPro

Respuesta corta: para abrir un taller de conversión a GNV o GLP en Perú necesitas una autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). La pide una empresa, con un local de uso exclusivo que pase la inspección de una entidad certificadora, equipos y técnicos acreditados, un contrato con un proveedor de kits registrado en PRODUCE, licencia municipal y una póliza de responsabilidad civil. La autorización dura cinco años.

Abajo va el detalle, con la norma de cada requisito. Es una guía para ordenarte, no reemplaza la consulta al MTC antes de invertir en el local.

Las normas que mandan

  • GNV: Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por la Resolución Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y elevada a rango de decreto supremo por el artículo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC. (texto de la directiva publicado por SUTRAN)
  • GLP: Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por la Resolución Directoral N° 14540-2007-MTC/15 y elevada a rango de decreto supremo por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 022-2009-MTC. (texto de la directiva publicado por SUTRAN)
  • Obligaciones y sanciones vigentes: el Decreto Supremo N° 023-2020-MTC modificó las dos directivas: actualizó las obligaciones de los talleres y le dio a SUTRAN la fiscalización y las sanciones. (El Peruano, 6 de noviembre de 2020)
  • Base de todo: el artículo 29 del Reglamento Nacional de Vehículos (Decreto Supremo N° 058-2003-MTC), que regula las conversiones. (texto publicado por SUTRAN)
  • Trámite, plazo y pago: el TUPA del MTC, procedimientos DCV-015 (GNV) y DCV-017 (GLP). (R.M. N° 040-2024-MTC/01)

Quién autoriza y quién fiscaliza

  • Autoriza: la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del MTC. Así lo dice el D.S. N° 023-2020-MTC para GNV y para GLP, y así firma el MTC sus autorizaciones, como la R.D. N° 0208-2021-MTC/17.03 para un taller de GNV en el Callao.
  • En GLP, fuera de Lima: el MTC autoriza los talleres de Lima Metropolitana, Callao y Lima Provincias. En el resto del país autoriza la dirección regional de transportes de tu región (artículo 29 del Reglamento Nacional de Vehículos). gob.pe tiene la ficha del trámite para algunos gobiernos regionales.
  • Fiscaliza y sanciona: SUTRAN. Las sanciones van desde una multa hasta la suspensión o la cancelación con inhabilitación definitiva (D.S. N° 023-2020-MTC).
  • Una autorización por local: si vas a operar más de un taller, pides la autorización para cada local (numeral 11.2 de la Directiva de GNV y 10.2 de la de GLP).

GNV y GLP: lo que cambia

GNVGLP
Terreno mínimo300 m², con 220 m² de taller con piso de concreto120 m², con 80 m² de taller con piso de concreto
Para revisar el carro por debajoFosa de 1,50 m, rampa de 1,50 m o elevador hidráulicoRampa fija de 1,50 m o elevador hidráulico o electromecánico
Venteo de cilindrosObligatorio: saca el gas 2 m por encima del edificio más alto, el del taller o el de los vecinosNo figura en la directiva
Póliza de responsabilidad civilMínimo 200 UIT, anualMínimo 100 UIT, anual
Dentro de una estación de servicioNo figura en la directivaNecesitas la resolución de Osinergmin que aprueba ampliar la estación para el taller
Vigencia5 años5 años

Fuentes: numerales 6.1.2, 6.2.10 y 6.3.4 de la Directiva de GNV, y 6.1.2, 6.2.10, 6.2.11 y 6.3.5 de la de GLP.

¿Ya tienes taller de GNV y quieres sumar GLP en el mismo local? La Directiva de GLP (numeral 10.3) te pide 80 m² más de zona de taller. Puedes usar los mismos equipos, los mismos técnicos (si tienen la certificación de GLP) y ampliar tu póliza.

Requisitos para pedir la autorización

1. Ser empresa

Necesitas una persona jurídica de derecho privado (numeral 6.1.1.1). El trámite lo firma su representante legal.

2. Un local solo para el taller

Dentro del local, ni encima de él, puede haber una vivienda o un negocio ajeno a la mecánica automotriz. Necesitas zonas de trabajo separadas y señalizadas, ventilación, iluminación mínima de 250 lux y carteles de "Prohibido fumar" en las zonas de riesgo (numeral 6.1.2).

3. Los equipos

Entre otros: analizador de gases homologado, detector portátil de fugas de gas, comprobador de fugas de compresión, multímetro y osciloscopio, extintores ABC (100 g por m² de taller), dos torquímetros y un juego completo de herramientas. En GNV, además, equipo de ensayo neumático de al menos 20 MPa con manómetros calibrados. En GLP, el analizador de gases debe tener un certificado de calibración renovado como máximo cada seis meses (numeral 6.1.3).

4. Los técnicos

Como mínimo, un técnico en mecánica automotriz y uno en electrónica o electricidad automotriz. Cada uno con su certificación en conversiones emitida por el proveedor de kits con el que tienes contrato (numeral 6.2.6). En GLP, puede ser un solo técnico calificado en las dos especialidades.

5. Un proveedor de kits registrado

Un contrato con uno o más Proveedores de Equipos Completos (PEC) que garantice kits, soporte técnico y capacitación, más la constancia de registro del PEC en PRODUCE (numeral 6.2.7).

6. Licencia de funcionamiento

Debes tener licencia municipal vigente (numeral 6.2.9). En la solicitud al MTC declaras que la tienes; no adjuntas copia. La licencia se rige por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, aprobado por el Decreto Supremo N° 163-2020-PCM.

7. La póliza

Seguro de responsabilidad civil extracontractual contra daños a terceros dentro de tu local, de una aseguradora establecida en el país, por el monto de la tabla de arriba (numeral 6.2.10).

8. La inspección inicial

Con el local listo, pides la inspección a una Entidad Certificadora de Conversiones autorizada. Si cumples, te emite el Certificado de Inspección del Taller (numeral 6.1.6).

9. La solicitud

La presentas por la mesa de partes virtual del MTC o en sus sedes. En el TUPA del MTC es el trámite DCV-015 (GNV) o DCV-017 (GLP).

En el formulario declaras:

  • La dirección y el nombre comercial del taller.
  • El número de partida registral de la empresa.
  • Que tienes vigencia de poder del representante, de no más de 15 días, y su número de partida.
  • Que tienes licencia de funcionamiento vigente.
  • En GLP dentro de una estación de servicio: que tienes la resolución de Osinergmin.

Y adjuntas:

  • Certificado de Inspección del Taller.
  • Planos de ubicación y distribución, con memoria descriptiva.
  • Relación de equipos con declaración jurada de propiedad. En GNV debes tener la homologación del analizador de gases. En GLP indicas su número y adjuntas su certificado de calibración.
  • Nómina de técnicos. En GNV declaras sus títulos y certificaciones; en GLP adjuntas copias. En los dos, el documento que prueba su vínculo con el taller.
  • Contrato con el PEC y su constancia de registro en PRODUCE.
  • Documento de posesión del local: alquiler, cesión en uso u otro.
  • Póliza.
  • Pago del derecho de trámite: S/ 331.50 en GNV y S/ 259.70 en GLP. En GNV, si el local está fuera de Lima Metropolitana y Callao, pagas además viáticos y pasajes de la inspección.

Es un trámite de evaluación previa con silencio positivo. El TUPA fija 24 días hábiles para GNV y 21 para GLP. En el caso de la R.D. N° 0208-2021-MTC/17.03, el MTC además hizo una inspección ocular del local antes de autorizar. Si tu taller de GLP está fuera de Lima, los requisitos y el pago los fija el TUPA de tu gobierno regional. Los montos son los del TUPA del MTC: confírmalos antes de pagar.

Ya autorizado: lo que debes cumplir cada año

Según el D.S. N° 023-2020-MTC:

  • Inspección anual del taller. Tener vigente el certificado de inspección anual del local, que emite la entidad certificadora. Es distinta de la inspección anual de cada carro convertido, que explicamos en Revisión anual de GLP y GNV.
  • Póliza al día. Renovarla antes de que venza y enviar la copia al MTC.
  • Solo piezas nuevas del PEC, en conversiones y en reparaciones.
  • Manual de usuario y certificado de garantía para cada cliente que conviertes. La garantía mínima de la instalación es de seis meses o 30 000 km en GLP; en GNV, la que fija la NTP 111.018-2004 o la norma que la reemplace. El certificado debe indicar la fecha límite de la próxima certificación anual del carro y, en GNV, también la de la revisión del cilindro.
  • Registro de cada carro convertido o reparado: kit con números de serie, cilindro (marca, modelo, serie, capacidad y vencimiento o fecha de fabricación), fecha, datos del vehículo y del dueño. Y un registro de las garantías. Estos registros se ingresan a la plataforma web del MTC y, en GNV, también al Sistema de Control de Carga.
  • Expediente técnico por cuatro años de cada conversión o reparación, con copia de la tarjeta de identificación vehicular, ficha técnica del equipo, copia de la resolución que autoriza tu taller y foto del vehículo.
  • Avisar a SUTRAN con 10 días hábiles de anticipación si vas a suspender el servicio.

Para renovar a los cinco años, presentas una declaración jurada de que mantienes los equipos, el personal y la póliza (numeral 6.3.5 de la Directiva de GNV y 6.3.6 de la de GLP).

Dónde ver los talleres autorizados

El MTC publica las listas de talleres de GNV y talleres de GLP; puedes filtrarlas por región. SUTRAN recuerda que convertir en un taller no autorizado es una infracción grave.

Dónde te ayuda TallerPro

El registro oficial va a la plataforma web del MTC y, en GNV, al Sistema de Control de Carga. TallerPro no lo reemplaza ni guarda números de serie de cilindros. Lo que sí hace es ordenar el día a día: la ficha de cada carro por placa con los datos del dueño, las fotos de recepción en la orden de trabajo, los repuestos que instalaste con su fecha de garantía y un aviso para cuando le toque volver. Mira cómo funciona en un taller de gas, paso a paso, en software para talleres de GNV y GLP, o pruébalo 30 días gratis.


Fuentes oficiales: D.S. N° 023-2020-MTC (El Peruano); Directiva N° 001-2005-MTC/15 y Directiva N° 005-2007-MTC/15 (textos publicados por SUTRAN); requisitos y pagos del TUPA del MTC (procedimientos DCV-015 y DCV-017); Reglamento Nacional de Vehículos, artículo 29; R.D. N° 0208-2021-MTC/17.03; D.S. N° 163-2020-PCM. Revisado el 20 de octubre de 2026. Las normas cambian: confirma los requisitos vigentes con el MTC antes de iniciar el trámite.